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Agencia de Fomento del Alquiler

» A personas propietarias de viviendas libres

Los arrendadores que alquilen sus viviendas a inquilinos que sean beneficiarios de este programa podrán beneficiarse de los servicios que prestan las Agencias homologadas, a saber: el seguro contra impago y desperfectos de la vivienda, incluidos los daños ocasionados por la persona inquilina; y la gestión, preparación y tramitación del desahucio si llegara el caso, por parte de la Agencia y sin coste alguno para el arrendador.

Sin embargo, a partir del 26 de diciembre de 2.008, día de la entrada en vigor del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, que ya no contempla las ayudas a arrendadores de viviendas libres, no podrán solicitarse este tipo de subvenciones.

» Subvención a inquilinos de viviendas

Se otorgará una subvención por una cuantía máxima del 40 por ciento de la renta anual satisfecha, sin exceder en ningún caso de 3.200 euros en el mismo periodo; con objeto de facilitar el pago de la renta a las personas que formalicen un contrato de arrendamiento de una vivienda a través de las Agencias de Fomento del Alquiler, con una renta anual del alquiler no superior al 9 por ciento del precio máximo de referencia establecido para las viviendas protegidas en alquiler con opción de compra de Régimen General, y con un límite máximo de 8.400 euros.

Además de lo establecido en los apartados anteriores habrán de concurrir alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 3.2. Respecto a los jóvenes, sólo podrán ser beneficiarios de esta ayuda los mayores de 30 años. No podrán acceder a estas ayudas las personas arrendatarias de viviendas protegidas calificadas para arrendamiento.

El resto de condiciones, requisitos, procedimiento, y documentación a presentar se encuentran regulados en el Título III, Capítulo II, sección tercera, de la Orden de 10 de noviembre de 2008, artículos 64 a 67.

La solicitud se presentará en la Agencia de Fomento del Alquiler, en un plazo máximo de 1 mes contado a partir de la firma del contrato de arrendamiento, y la Agencia dará traslado de la documentación recibida a la Administración competente.